Ayudas para la rehabilitación de la vivienda

¿Qué se entiende por rehabilitación?

Obras que se realizan para la mejora de viviendas y edificios.

Rehabilitación de edificios: adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas.

Rehabilitación de viviendas: adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.

Requisitos que deben cumplirse para la percepción de las ayudas a la rehabilitación:

Requisitos de los inmuebles

Requisitos comunes a edificios y viviendas.
Requisitos comunes a edificios y viviendas.

Requisitos de los destinatarios de las ayudas

Quién puede recibir una ayuda a la rehabilitación.
Quién puede recibir una ayuda a la rehabilitación.

Tipo de ayudas:

Préstamos cualificados

Tendrán las características comunes a todos los préstamos cualificados y las propias siguientes:

Subsidiación de préstamos: el Ministerio de Vivienda podrá subsidiar los prestamos cualificados para la rehabilitación de edificios que figuran en el apartado anterior:

Subvenciones: el Ministerio de Vivienda subvencionará:

Reconocimiento del derecho y tramitación:

La Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situado el edificio o vivienda, es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir estas ayudas económicas en sus diversas modalidades de financiación cualificada.

La solicitud de esta ayuda deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla y tramitarse de acuerdo con el procedimiento que se establezca en cada una de ellas.

MEDIDAS REDUCCION FISCAL EN TODO EL PAIS:

Se aplicara el IVA reducido en las obras de rehabilitación de viviendas a las reformas para la eficiencia energética, el ahorro de agua o la accesibilidad de las viviendas para las personas con movilidad reducida.  Real Decreto Ley 6/2010 BOE de 13 de Abril